VENEZUELA

NORMAS RELATIVAS AL BUEN GOBIERNO CORPORATIVO DEL MERCADO DE VALORES

El 19 de Julio fue publicada en Gaceta Oficial Nº42.171 la Providencia de la Superintendencia Nacional de Valores (SUNAVAL) acerca de las Normas Relativas al Buen Gobierno Corporativo del Mercado de Valores.

Estas Normas buscan que los participantes, ya sea directos o indirectos, del mercado de valores adopten prácticas comunes relativas a un buen gobierno corporativo.

Antes de la aprobación de estas Normas, el mercado de valores venezolano se orientaba por los Principios de Gobierno Corporativo, publicados en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 38.127, del 17 de febrero de 2005.

¿A quiénes aplican estas normas?

Las normas están dirigidas a todas aquellas personas jurídicas reguladas por la SUNAVAL es decir, a las sociedades emisoras, sociedades de corretaje de valores y casas de bolsa, asesores de inversión (personas jurídicas), firmas de contadores públicos autorizados, entidades de inversión colectiva y sus sociedades administradoras, cajas de valores, bolsas de valores, bolsas de productos e insumos agrícolas, sociedades calificadoras de riesgo y demás personas que directa o indirectamente participen en el mercado de valores venezolano, a juicio de la SUNAVAL.

¿Qué es un buen gobierno corporativo?

Se refiere a las mejores prácticas mundialmente reconocidas en términos de gobernanza corporativa y que incluyen los principios de trato igualitario a los accionistas, responsabilidades y valores de la junta directiva y otras instancias de gobierno, ambiente de control y transparencia, que permiten dirimir el conflicto de intereses entre las partes interesadas de una organización, entendidas corno accionistas, gerencia, empleados, proveedores, clientes, comunidad y medio ambiente.

La transparencia como objetivo

Los estándares de buen gobierno corporativo tienen por objeto brindar y asegurar una adecuada transparencia, las sociedades reguladas deben atenerse a los siguientes principios y recomendaciones: en la página web corporativa, redes sociales, servido o instancia de atención a accionistas, envíos por email, u otros medios que sean especificados en las leyes y normas aplicables y sus estatutos sociales debe informarse, sin que vaya en detrimento de la seguridad, rentabilidad y sostenibilidad de la entidad:

  • Información financiera de forma periódica actualizada, de manera sencilla, para la consulta de todos los accionistas y otras parte; interesadas de la sociedad.
  • Información de interés actualizada relacionada con las actividades y negocios desarrollados por la sociedad, productos y servicios, capacidades, Infraestructura y procesos, localización geográfica, medios de contacto, entre otros.
  • Información sobre gobierno corporativo, incluyendo la composición, políticas, prácticas y reportes de la asamblea de accionistas, así como de otros órganos de gobierno corporativo y sus miembros, con una breve descripción de su perfil profesional, incluyendo junta directiva, comités directivos, alta gerencia, órganos de control, así como de los comisados y representante común.
  • Información sobre instancias, composición, políticas, prácticas de gobierno corporativo relacionadas con el ambiente de control, tales corno comité, prácticas del comité o del encargado de cumplimiento normativo y de fiscalización y administración de riesgos relacionados con delitos de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento a la proliferación de armas de destrucción masiva. Adicionalmente, se sugiere incluir información sobre instancias y procesos de gobierno corporativo relacionada con la gestión integral de riesgo, auditoría interna y externa, así como otros mecanismos de control interno con los que cuente la sociedad.
  • Información sobre programas, prácticas y actividades relacionadas con responsabilidad social empresarial para con los empleados y la comunidad en general, así como aquellas relacionadas con la sostenibilidad y protección medioambiental.
  • Incluir espacio de atención digital, contactos telefónicos, correo electrónico, dirección postal y fiscal, para que pueda ser solicitada Información por las partes interesadas, incluyendo accionistas, directores, gerencia, empleados, proveedores, clientes y la comunidad.

Estas disposiciones deberán adaptarse al tamaño y recursos disponibles de las sociedades sujeto de regulación, sin que esto pueda ser un Impedimento para la implementación de las buenas prácticas de gobierno corporativo relacionadas con el principio de transparencia.


 

¿QUÉ HAY QUE TENER EN CUENTA EN CUANTO AL GOBIERNO CORPORATIVO?

¿Qué es el gobierno corporativo?

El gobierno corporativo es el conjunto de normas, principios y procedimientos que regulan la estructura y el funcionamiento de los órganos de gobierno de una empresa. En concreto, establece las relaciones entre la junta directiva, el consejo de administración, los accionistas y el resto de partes interesadas, y estipula las reglas por las que se rige el proceso de toma de decisiones sobre la sociedad para la generación de valor.

¿Qué vinculan las normas del gobierno corporativo?

  • La toma de decisiones que tienen que ver con la dirección estratégica general de la empresa y sus políticas corporativas: inversiones, fusiones y adquisiciones, nombramiento de ejecutivos, planes de sucesión.
  • Los mecanismos de control sobre el correcto desempeño de la dirección ejecutiva y la implementación del plan estratégico aprobado.
  • El cumplimiento normativo o compliance: el establecimiento de las políticas y procedimientos adecuados para garantizar que tanto la empresa, como sus directivos, empleados y terceros cumplen con el marco normativo aplicable.
  • Las relaciones entre los principales órganos de gobiernos de la compañía, así como los derechos y deberes de cada uno de ellos: consejo de administración, junta directiva y accionistas.

Gobierno corporativo como generador de valor

Las normas de un buen gobierno corporativo puede ser una elemento clave para incrementar el valor bursátil de las empresas, reducir los costes de capital y ampliar las bases del mercado de capitales.

¿Cómo podemos apoyarte?

  • Medir la efectividad de los sistemas de control interno de la organización: Un modelo operativo de control interno eficaz debe estar alineado con las principales normas y estándares de actuación en materia de cumplimiento normativo y control basado en tres pilares básicos: prevenir, detectar y responder.
  • Mejorar el reporting corporativo: Existe una tendencia creciente en las organizaciones a tener cada vez más en cuenta la información no financiera por el alto valor añadido que aporta a la hora de tomar decisiones e invertir. Con el fin de que el reporting corporativo sea más ágil, debe producirse una inversión en big data, cloud computing y herramientas de visualización de datos.
  • Actuación diligente: Los consejeros deberán extremar su diligencia en recabar la información adecuada y necesaria en la toma de decisiones, siendo recomendable implantar programas y procedimientos de actuación que les aporten seguridad y protocolos que permitan dejar constancia de cuál ha sido el proceso seguido en la toma de dichas decisiones.
  • Evaluar el cumplimiento de los objetivos del Consejo: Resulta conveniente evaluar de forma periódica -anualmente- el funcionamiento del Consejo de Administración y sobre la base del resultado elaborar un plan de acción con el fin de corregir las posibles deficiencias detectadas. Este análisis puede consistir en una autoevaluación de los propios consejeros o recurrir a expertos externos independientes.
  • Apoyo en la definición de una política de retribución adecuada de consejeros y directivos.
  • Asegurar el cumplimiento de los requisitos de Gobierno Corporativo en materia tributaria y legal.
  • Apoyar la creación de estándares de Gobierno Corporativo.
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Douvelin J. Serra-González / Abogado LL.M

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En colaboración con:

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